
Ánika M. Sosa
Contadora Pública. Revisora Externa Independiente registrada ante la UIF
Revisiones externas independientes, autoevaluaciones de riesgo e informes técnicos.
Consultora en prevención de lavado de activos. Posadas, Misiones, para todo el país.
Sistemas PLAFT para sujetos obligados en Argentina.
Elegí tu actividad y mirá la norma, tu situación frente a la revisión externa y quién te supervisa.
Res. UIF 35/2023 (modif. 192/2024) sobre PEP, Res. UIF 56/2024 sobre operación sospechosa, Res. UIF 207/2025 sobre reportes de financiamiento del terrorismo y Res. UIF 03/2026 sobre financiamiento de la proliferación.
Referencia orientativa, verificada a octubre de 2026. La normativa PLAFT cambia seguido: confirmá el texto vigente en argentina.gob.ar/uif e infoleg.gob.ar antes de decidir.
Los documentos que exige la norma, y el trabajo de todos los días que demuestra que funcionan.
Construido sobre tu operación real, no sobre una plantilla.
Para que el sistema siga vivo y sea defendible ante una inspección.
El informe especial que exige la Res. UIF 67-E/2017 sobre la calidad y la eficacia operativa de tu sistema de prevención. Cada resolución sectorial fija si te corresponde y cuándo vence.
El registro es público y se consulta por CUIT en el sitio oficial de la UIF. Los informes salen bajo su firma: no tercerizamos la revisión.
Es el profesional inscripto en el registro que lleva la UIF, habilitado para emitir el informe especial que evalúa la calidad y eficacia operativa del sistema de prevención de LA/FT/FP de un sujeto obligado. Su marco es la Res. UIF 67-E/2017, en particular sus artículos 7 y 8. Cualquier sujeto obligado puede verificar por CUIT si un profesional está habilitado.
Depende de la resolución sectorial. Varias normas dictadas entre 2023 y 2024 (juegos de azar, escribanos, contadores, corredores inmobiliarios, mutuales y proveedores de servicios de pago, entre otras) incorporaron la obligación con la periodicidad que cada una fija. No alcanza a todos los profesionales de un rubro: depende de la actividad concreta.
Para la mayoría de los alcanzados por las resoluciones de 2023 y 2024, el primer informe por los períodos 2024 y 2025 venció el 31 de agosto de 2026, con revisión bienal. Hay dos excepciones: los contadores públicos tienen prórroga hasta el 1 de marzo de 2027, y para los abogados la Res. UIF 90/2026 suspendió el plazo hasta nuevo aviso. Si tu vencimiento ya pasó y no presentaste, conviene regularizar cuanto antes.
La auditoría interna es un control propio, ejecutado por la estructura del sujeto obligado. La revisión externa la hace un profesional independiente, sin relación de dependencia ni conflicto de interés, y su informe se remite a la UIF. Se complementan: una corrige durante el año, la otra dictamina sobre el resultado.
Alrededor de tres meses antes del vencimiento. La revisión necesita la documentación completa y ordenada; si aparecen brechas, hace falta tiempo para corregirlas antes de que queden asentadas en el informe.
Informe de brechas priorizado por exposición.
Manual, matriz y procedimientos según tu operación.
Capacitación, alertas y circuitos de reporte en marcha.
Vencimientos, umbrales y seguimiento normativo.
No derivamos el trabajo: quien te atiende es quien redacta, revisa y firma.

Contadora Pública. Revisora Externa Independiente registrada ante la UIF
Revisiones externas independientes, autoevaluaciones de riesgo e informes técnicos.

Contador Público. Diplomado PLAFT UBA
Sistemas de prevención, cumplimiento del día a día y programas de capacitación.
Respondemos con un diagnóstico preliminar sin cargo: qué norma te aplica, qué te falta y en qué orden encararlo.
nea@compliance.com.ar